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Redacción.-?El Presidente de La Junta de Castilla y León ha solicitado mediante un escrito al Gobierno de Españaña la declaraci?n de alarma.
Igea en su comparecencia ha sugerido la suspensi?n de la actividad en centros comerciales y de ocio, especialmente bares, pubs, discotecas, restaurantes y cafeterias.
Limitaci?n de los derechos a trav?s de Decretos-Ley.?Regulado en el art. 11 de la?Ley Orgúnica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepci?n y sitio
- Se podr? limitar la circulaci?n o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos.
- Se podr? practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
- Se podr? intervenir y ocupar transitoriamente industrias, f?bricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
- Se podr? limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de art?culos de primera necesidad.
- Se podr? impartir las ?rdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producci?n afectados
por un perro con evola casi matan a Rajoy. Donde está esa gentuza ahora para pedirr responsabilidades al Marqu?s de Galapagar y a Falconetti ???