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viernes, marzo 29, 2024

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La Junta de Castilla y León refuerza la Red de Protecci?n a las Familias para el suministro de alimentaci?n y otras necesidades urgentes en colaboraci?n con las Corporaciones Locales

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Redacción.-

En el caso de los ni?os que por las circunstancias actuales no pueden acudir a los comedores escolares y recib?an ayuda de comedor, si su familia se encuentra en situación de especial vulnerabilidad y precisan apoyo urgente, deber?n comunicarlo en el tel?fono 012, mientras que en el caso de que la situación no sea acuciante, podr?n dirigirse a las corporaciones locales ya que disponen de una l?nea de ayuda que será reforzada por parte de la Junta de Castilla y León. El tel?fono 012 de la Junta realizar? una primera valoraci?n de la situación de las personas y de las familias que llaman as? como su urgencia. Aquellas que realmente necesiten atenci?n urgente, ser?n derivadas a Cruz Roja que garantizar? la atenci?n profesional necesaria en colaboraci?n con las Corporaciones Locales y las entidades del Tercer Sector que conforman la Red de Protecci?n a las Familias.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha elaborado un protocolo para las Corporaciones Locales en el que se recoge el ?Plan de Contingencia de la Red de Protecci?n e Inclusi?n a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o econ?mica en Castilla y León frente a la Pandemia de Coronavirus?. El objetivo prioritario de este Plan de contingencia es atender a las necesidades urgentes de las personas más vulnerables, estableciendo los menores contactos posibles, para no poner en riesgo la salud de las personas y trabajadores y evitar la propagaci?n de la pandemia. Para lograrlo es necesario reducir los servicios prestados habitualmente a aquellas tareas imprescindibles para poder as? asegurar la atenci?n de las necesidades b?sicas de la vida diaria, ampliar los servicios para atender nuevos casos y establecer mecanismos urgentes para garantizar la demanda de personas vulnerables, coordinando y aprovechando los servicios existentes. Para ello se cuenta con la intervenci?n de las administraciones y entidades que forman parte de la Red de Protecci?n.

El protocolo contempla un an?lisis de riesgos, con las posibles contingencias a las que nos enfrentamos, como son las personas vulnerables desinformadas y con necesidades urgentes de apoyo social, las personas dependientes o predependientes que cuentan con los apoyos del servicio de ayuda a domicilio para levantarse, aseo personal y alimentaci?n, las personas dependientes con cuidados en el entorno familiar que pierden a sus cuidadores por ingresos en centros sanitarios y personas solas enfermas en sus domicilios y en cuarentena que carecen de apoyos sociales para garantizar sus necesidades b?sicas de supervivencia como son el alimento, farmacia, etc.

Plan de emergencia y medidas a adoptar

El protocolo tambi?n incluye un plan de emergencia y las medidas a adoptar, aunque se suspenden los servicios de información y orientaci?n presenciales, tanto de las corporaciones locales, como de las gerencias territoriales y de las entidades pertenecientes a la red. Las necesidades b?sicas de atenci?n social deber?n estar garantizadas. Para ello, la entidad local habilitar? las medidas que considere oportunas de organizaci?n en los Centros de Acci?n Social para estos casos, as? como las nuevas personas o nuevas situación que necesiten atenci?n.

Entre los conceptos objeto de concesi?n de ayudas econ?micas se incluir?n la posible contrataci?n de cuidadores informales para atender las situaciones de urgencia en las que no se disponga de otros apoyos sociales o se d? la ausencia temporal por enfermedad u otra causa del cuidador habitual. ?Tambi?n contempla como prioritario la alimentaci?n en el caso de menores y sus familias. Los procedimientos de concesi?n de estas ayudas deben ser urgentes, aplazando los tr?mites formales que pudieran suponer un retraso en la prestación del servicio, a un momento posterior.

El protocolo hace hincapi? en el Servicio de teleasistencia, se?alando que las corporaciones locales, a trav?s de las empresas adjudicatarias de los servicios de teleasistencia contactar?n de forma proactiva con sus usuarios para garantizar su bienestar, estableciendo un listado de personas vulnerables y realizando, cuando sea necesario, un seguimiento diario proactivo de su estado para garantizar que disponen de los apoyos necesarios para mantener el autoaislamiento en condiciones adecuadas. Deber?n garantizar, adem?s, que las personas que se contagien puedan recibir los apoyos necesarios para garantizar su seguridad. En caso de empeoramiento o de necesitar apoyos sanitarios, se les pondr? en contacto con el 112.

En tercer lugar, destaca el Servicio de ayuda a Domicilio. Al objeto de reducir los contactos y propagaci?n del virus, el servicio de ayuda a domicilio debe restringirse a las atenciones b?sicas con la menor presencia horaria posible, por lo que se prioriza la atenci?n a los usuarios del servicio más vulnerables, con necesidad de cuidados personales. Además, se reducir?n las horas de atenci?n en el domicilio a las actividades de la vida diaria esenciales, como levantarse y acostarse, vestirse y desvestirse, aseo/ baño personal y alimentaci?n.? Esta Última, siempre que sea posible, se sustituir? por servicio de comida a domicilio. Estas indicaciones se aplicar?n tanto a los usuarios actuales como a las nuevas altas que pudieran producirse por situaciones de urgencia.

En este apartado y dado que los procedimientos administrativos se encuentran suspendidos, la provisi?n de cualquier servicio necesario podr? realizarse de manera urgente, de forma que el criterio prioritario de actuaci?n sea proporcionar la atenci?n necesaria a las personas más vulnerables. Igualmente el tratamiento de los periodos de suspensi?n a petici?n de los interesados, se realizar?n con la mayor flexibilidad posible.

Las empresas proveedoras del servicio deber?n disponer tambi?n de personal para la sustituci?n de posibles bajas que pudieran producirse. Si fuese necesario realizar nuevas contrataciones y no se dispusiera de personas con la formación necesaria, no será exigible, durante este periodo, si se acredita la no existencia de demandantes de empleo en la zona con esas caracter?sticas.

Tambi?n se informa de las medidas temporales de flexibilizaci?n de los requisitos formales para mantener o modificar las prestaciones econ?micas de dependencia que se adoptar?n desde la Gerencia de Servicios Sociales (en caso de ausencia del cuidador, cambio de cuidador, modificaci?n de prestación, etc.)

Finalmente, además de la ampliaci?n de los servicios existentes, los agentes y colaboradores de la red de protecci?n deber?n poner a disposición de las personas que lo necesiten los servicios b?sicos que puedan ofrecer, contando con la coordinaci?n de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, que en su momento, realizar? una valoraci?n econ?mica del incremento del gasto que estas medidas pueden suponer.

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