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viernes, marzo 29, 2024

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Instituciones Penitenciarias ampl?a las restricciones de acceso a todos los establecimientos penitenciarios

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Redacción.-

▪ Se extiende a todas las prisiones la suspensi?n de las
visitas que no se realicen en locutorio. Solo se permitir? el
acceso al personal laboral o funcionario y al personal
extrapenitenciario cuya labor sea imprescindible.
▪ Las medidas excepcionales, que se han adoptado en
coordinaci?n con el Ministerio de Sanidad, tendr?n una
vigencia inicial de 14 días a contar desde este jueves.
▪ Los internos de las prisiones de Madrid, ?lava, Logro?o,
Oca?a, Burgos y Due?as, afectados hasta ahora, han recibido
sin incidentes las explicaciones de la direcci?n, los equipos
técnicos y los funcionarios de vigilancia.
▪ Hasta la fecha solo se han registrado dos positivos por
COVID-19 en las prisiones de la Administraci?n del Estado: el
de una trabajadora del Centro Penitenciario Madrid VI y el de
un interno del CP de ?lava
12 de marzo de 2020.- La Secretar?a General de Instituciones
Penitenciarias (IIPP), en coordinaci?n con el Centro de Coordinaci?n de
Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES) del Ministerio de Sanidad, ha
tomado este jueves la decisi?n de ampliar a todos los centros
penitenciarios las medidas adoptadas el pasado martes para contener el
coronavirus COVID-19 y que afectaban a las prisiones de Madrid, ?lava,
Logro?o, Oca?a, Burgos y Due?as.

La decisi?n, que llega tras la declaraci?n de pandemia por parte de la
Organizaci?n Mundial de la Salud (OMS), contempla las siguientes
disposiciones:
? La suspensi?n de todas las comunicaciones familiares, de
convivencia e ?ntimas. Solo se permitir?n las comunicaciones
ordinarias ya que se producen en locutorios separados por una
mampara de cristal.
? Letrados y ministros de culto comunicar?n exclusivamente a trav?s
de locutorio.
? Solo se permitir? el acceso a personal funcionario, laboral y
personal extra penitenciario cuya labor sea imprescindible. Queda
excluida por tanto la entrada a voluntarios de ONG, entidades
colaboradoras, profesionales acreditados, etc?
? En cuanto a la actividad docente se estar? a lo dispuesto por las
diferentes administraciones educativas.
? Se suspenden los traslados intercentros, salvo aquellos que
obedezcan a razones excepcionales, sanitarias o judiciales.
? Se cancelan las salidas programadas, as? como el resto de salidas
tratamentales, que se comunicar?n a Vigilancia Penitenciaria en el
caso de que hubiesen sido autorizadas por dicho ?rgano.
Estas decisiones no implican la suspensi?n de los permisos penitenciarios
ni las salidas del art?culo 100.2 del Reglamento Penitenciario. No
obstante, todos los ingresos de libertad o de permiso tendr?n que
permanecer en observaci?n sanitaria en m?dulos separados del resto de
internos.
Los penados en tercer grado, residentes en los Centros de Inserci?n
Social o secciones abiertas de los centros penitenciarios, continuar?n con
su r?gimen de semilibertad.
Dos únicos positivos en prisi?n
El objetivo de todas estas medidas es proteger la salud de todos los
empleados penitenciarios as? como la de los internos e internas –
considerados colectivo vulnerable- que están recibiendo con comprensi?n
las explicaciones de los funcionarios.

Hasta la fecha solo se hayan registrado dos positivos por coronavirus en
las prisiones de la Administraci?n General del Estado: el de una
trabajadora de Madrid VI y el de un interno del CP de ?lava.
Se mantienen las medidas de car?cter sanitario ante un positivo o un caso
de sospecha, que se decretaron el pasado 4 de febrero, antes de la
llegada del COVID-19 a Españaña. Entre ellas:
? El aislamiento en celda individual mientras se da traslado del caso
a la autoridad sanitaria para su evaluaci?n y la toma de medidas.
? La comunicaci?n inmediata a la autoridad sanitaria y judicial
correspondiente si se decreta la libertad de un caso confirmado o
de sospecha.
Tambi?n se siguen actualizando las recomendaciones del CCAES para la
protecci?n del personal sanitario, funcionario y laboral, tales como
extremar la higiene personal o el uso de Equipos de Protecci?n Individual
(EPI?s) en el contacto con casos positivos o sospechosos.
Se está incrementando la dotaci?n de estos equipos en los centros
penitenciarios, que ya cuentan con material para hacer frente a un
eventual aumento de los casos: más de 90.000 mascarillas quir?rgicas,
casi 13.000 FFP2, cerca de 2.500 mascarillas FFP3, más de 2000 batas
resistentes a l?quidos y un millar de protecciones oculares.
Tambi?n se está reforzando la instalaci?n de dispensadores de geles
hidroalcoh?licos en los diferentes departamentos, en especial en los
departamentos de comunicaciones.
Los servicios de Prevenci?n de Riesgos Laborales de zona permanecen a
disposición de las direcciones de los establecimientos penitenciarios para
asesoramiento en caso de cualquier incidencia.

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