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martes, abril 23, 2024

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CSIF solicita medidas a Interior sobre las funciones de los Agentes Forestales para afrontar la situación de emergencia sanitaria relativa al coronavirus

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Redacción.- La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha remitido un escrito al Ministro del Interior por el que se le solicita que dicte Orden para que establezca las funciones y servicios a realizar por los Agentes Medioambientales y Forestales en relaci?n con el real decreto por el que se declara la situación de estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus covid-19.

El conjunto de Agentes Forestales y Medioambientales distribuidos por todo el territorio nacional llega a los 6500 efectivos, perteneciendo la gran mayor?a a las administraciones auton?micas. Son funcionarios con la condici?n legal de agentes de la autoridad y policía judicial en sentido gen?rico. Son expertos conocedores del medio natural al que se encuentran adscritos y mantienen estrecho contacto con la población que vive en el mundo rural. Disponen de amplia experiencia en la realización de funciones de policía, as? como formación y experiencia en la gesti?n de emergencias que consideramos no se puede desaprovechar.

Conforme el art 3 del Real Decreto 463/2020, los Ministros designados como autoridades competentes delegadas en este real decreto quedan habilitados para dictar las ?rdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera espec?fica de su actuaci?n, sean necesarios para garantizar la prestación de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protecci?n de personas, bienes y lugares, mediante la adopci?n de cualquiera de las medidas previstas en el art?culo once de la Ley Orgúnica 4/1981, de 1 de junio.

El art?culo 5 del Real Decreto 463/2020, indica:
?Colaboraci?n con las autoridades competentes delegadas.
4. Los servicios de intervenci?n y asistencia en emergencias de protecci?n civil definidos en el art?culo 17 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci?n Civil, actuar?n bajo la dependencia funcional del Ministro del Interior.?

Entre los integrantes de los servicios de intervenci?n y asistencia en emergencias de protecci?n civil definidos en precitado Último art?culo se encuentran los Agentes Medioambientales.

Debemos mencionar, as? mismo, que la Ley Orgúnica 4/2015, de 30 de marzo, de protecci?n de la seguridad ciudadana, especialmente vigente tambi?n en este momento, salvo todo lo dictado y contradiga las misma en el mencionado Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de Alarma, en su art?culo 7.4 nos recuerda el especial deber de colaboraci?n de los Agentes Medioambientales:
?El personal que realice funciones de policía administrativa tendr? el especial deber de colaborar en la consecuci?n de los fines previstos en el art?culo 3 de esta Ley?.

Transcurrida más de una semana desde la declaraci?n del estado de alerta, el Ministerio del Interior no ha dictado disposición alguna en la que d? instrucciones concretas a realizar por los 6500 Agentes Forestales y Medioambientales.

Cada Comunidad Autónoma, de las que dependen en su mayor?a, ha hecho su propia interpretaci?n de las funciones a desempe?ar por este colectivo desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020. Esta disparidad de criterios discurre desde Agentes que se encuentran recluidos en sus casas por no estar incluido en los servicios esenciales, otros que se rigen por cuadrantes m?nimos alternando periodos de presencia efectiva y/o disponibilidad o teletrabajo, y otros excluidos por factores de riesgo por edad o estado de salud o conciliaci?n familiar.

Dada la grav?sima situación de alarma sanitaria en la que se encuentra inmerso nuestro pa?s, se debe contar con la colaboraci?n efectiva y coordinada de todos los Agentes Forestales y Medioambientales del territorio nacional, con el fin de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener la progresi?n de la enfermedad, debiendo cumplir, en todo caso, todas la medidas y protocolos de seguridad establecidos por las autoridades sanitarias para evitar el contagio por el COVID-19.

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