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viernes, abril 26, 2024

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La Junta de Castilla y León considera que las tesis del Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea y del abogado general de la UE avalan su gesti?n respecto del lobo al sur del Duero en la comunidad

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Redacción.-

En relaci?n a la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea (UE) de 10 de octubre de 2019 relativa a un procedimiento prejudicial planteado por el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo de Finlandia sobre interpretaci?n de la excepci?n a la prohibici?n de abatimiento de especies estrictamente protegidas prevista en la directiva 92/43/CEE, y en relaci?n a dicha cuesti?n respecto al lobo en Castilla y León, la Junta de Castilla y León informa:

Que la población de lobos al sur del río Duero de nuestra Comunidad se encuentra estrictamente protegida, conforme al Anexo IV de dicha Directiva. Sobre esta población la Junta de Castilla y León viene ordenando controles selectivos excepcionales de ejemplares de dicha especie, de conformidad con la previsi?n del art?culo 16 de la Directiva cuando, existiendo daños importantes a la ganadería y no existiendo otras medidas alternativas eficaces que puedan controlar o reducir los daños, el control a trav?s de caza controlada de estos ejemplares sea la única soluci?n posible. Estas actuaciones vienen avaladas por la sentencia dictada por el tribunal y por las conclusiones del abogado general de la UE, cuando se dan los requisitos para ello, como es el caso de las actuaciones llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León, que son comunicadas a la Comisi?n Europea según el procedimiento establecido por la Directiva, sin que se haya planteado incidencia alguna.

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